Afip extendió la presentación de un trámite clave sobre ganancias: ¿a quiénes aplica?

La modificación se toma tras el dictamen conseguido en el Senado por la ley Bases, donde se establece modificaciones aplicables a la liquidación del impuesto en la política tributaria.

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió la fecha hasta el 30 de junio en la que se podrá realizar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador”, para el cumplimiento por parte del agente de retención de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal, hasta el 31 de julio de 2024, inclusive correspondiente al período fiscal 2023. Esta modificación aplica a los trabajadores en relación de dependencia ya que la ley Bases, incluye modificaciones aplicables a la liquidación del impuesto a las Ganancias.

Asimismo, esta modificación aplica a aquellos a los que se le fijó un régimen especial de retención del Impuesto a las Ganancias a cargo de la Asociación Argentina de Actores, respecto a las retribuciones que perciben los actores a través de dicho agente. La medida se dio a conocer a través de la Resolución General 5514/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida fue oficializada a través de la publicación de la Resolución General N° 5514/2024 en el Boletín Oficial. Los agentes de retención realizarán la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.

El importe determinado en la liquidación anual, será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive.

Finalmente, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE) informándolo en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de julio de 2024.

 

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