Impuesto a las Ganancias: ¿qué pasará con el aguinaldo tras la suba del mínimo no imponible?
Tras el aumento en el piso de Impuesto a las Ganancias -que comenzará a aplicarse sólo en salarios mayores a $175.000- este jueves se informó que los sueldos del segundo semestre se promediarán y, en caso de no superar esta suma, estarán libres de pagar el tributo.
- Economía
- Sep 23, 2021
El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, anunció este jueves que el aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC) de diciembre no estará alcanzado por el Impuesto a las Ganancias para aquellos trabajadores cuyo salario promedio en el segundo semestre sea inferior a $175.000.
En una conferencia de prensa que tuvo lugar en la Casa Rosada, el ministro afirmó que la intención del Gobierno es mantener en el tiempo la actualización del impuesto a las Ganancias para que solamente alcance al 10% de los asalariados, lo cual constituye “una solución justa”.
Con el aumento del mínimo no imponible, que fue anunciado el pasado miércoles y que exime de abonar este tributo a aquellos asalariados que ganen menos de $175.000 por mes, unos 1.267.000 de empleados quedarán desafectados de pagar este impuesto.
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Entre los fundamentos de la medida, Moroni señaló que “con el avance de los sueldos el universo de asalariados de cuarta categoría que pagaba el tributo era mayor”.
En esta línea, el funcionario anticipó que el objetivo es que el Impuesto a las Ganancias afecte al 10% de los asalariados con mayores ingresos en Argentina, los cuales representan el 26% de la masa salarial total.
La medida, que además eximirá de pago al aguinaldo de diciembre, tiene como objetivo:
????Fortalecer el poder adquisitivo de las y los trabajadores
????Consolidar la demanda y el mercado interno
????Garantizar que en 2021 el #ImpuestoALasGanancias no alcance a más personas— Casa Rosada (@CasaRosada) September 23, 2021
“Es una solución justa mantenerla en torno a esa población, que no lleguemos a situaciones como la que estaba antes de la modificación, con más del 20 por ciento de los trabajadores alcanzados”, consideró.
Y agregó: “Hemos tenido experiencias en la Argentina en las que, al no ir adecuando el valor, cada vez el universo de sujetos alcanzados por el impuesto era mayor”.
“Este valor solo funciona y aplica para los salarios a partir de septiembre. Resta que la AFIP saque la resolución respectiva y es probable que, por las fechas en la que estamos, algunas empresas hayan liquidado los salarios”, concluyó Moroni.
En caso de ello suceda, el ministro adelantó que el dinero “será devuelto por la AFIP”.
Además, explicó que este aumento en el piso de la tributación de Ganancias “entra en vigencia a partir de septiembre, y no es retroactivo”.
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El ministro también se refirió a la suba del salario mínimo, a la cual consideró importante ya que este ingreso “venía muy retrasado”, y con el incremento anunciado días atrás “crecerá por arriba de la inflación”.
En este sentido, el titular de la cartera laboral aseguró que “ninguna de estas medidas es electoralista”, y agregó: “La gente pide trabajo, no asistencia. Tenemos que responder a las demandas de la gente”.
Fondos comunes de inversión y fideicomisos
Por otro lado, el Gobierno también incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del gravamen de Ganancias para instrumentos financieros denominados en pesos.
En esta línea, el Poder Ejecutivo emitió el decreto 621/2021, publicado en el Boletín Oficial, donde se puntualiza que “el objetivo es promover integralmente el ahorro en pesos y eliminar la discriminación tributaria que tenían ciertos instrumentos financieros”.
El decreto remarca que estas pautas tienen por objeto “fomentar la inversión en cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)”.
En ese sentido, la norma determina que “existe un activo subyacente principal cuando una misma clase de depósitos o bienes, o el conjunto de estos, representen, como mínimo, un 75% del total de las inversiones del fondo común de inversión o del fideicomiso financiero”.
El decreto fija que, para ser alcanzados por la exención, estos instrumentos deben estar destinados “al fomento de la inversión productiva”, lo cual incluye “la inversión o el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y de infraestructura”.
A su vez, estos proyectos deben destinarse a “actividades económicas comprendidas en los sectores productores de bienes y servicios, tales como agropecuarios, ganaderos, forestales, inmobiliarios, telecomunicaciones, infraestructura, energía, logística, economías sustentables, promoción del capital emprendedor, pesca, desarrollo de tecnología y bienes de capital, investigación y aplicación de tecnología a la medicina y salud, ciencia e investigación aplicada, extracción, producción, procesamiento y transporte de materias primas, desarrollo de productos y servicios informáticos”.
También comprende “al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)”, como así también “aquellos instrumentos en moneda nacional adquiridos en mercados autorizados por la CNV, bajo segmentos que aseguren la prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas, destinados al financiamiento de las mipymes”.