La Corte falló contra Barrick Gold: avaló la ley de protección de Glaciares
La decisión de la Corte Suprema, de forma unánime, se da cuando están en curso unos 40 proyectos mineros en el país.
- Economía
- Jun 4, 2019
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un planteo de la minera Barrick Gold y ratificó la constitucionalidad de la ley de glaciares que pone límites a la actividad minera en la Argentina.
Se trata de la ley 26.639 de protección de glaciares contra la cual apuntaba tanto la empresa Barrick Gold como la provincia de San Juan.
La decisión de la Corte Suprema, de forma unánime, se da cuando están en curso unos 40 proyectos mineros en el país.
Tanto la empresa como la provincia de San Juan habían apelado a la Corte Suprema al considerar que el Congreso había avanzado sobre la jurisdicción de las provincias en lo que se refiere a los recursos naturales.
Reacciones
Una vez conocida la noticia, organizaciones como Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Farn), así como la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, celebraron el fallo y reclamaron nuevamente por el cese de operaciones mineras sobre glaciares.
“Celebramos el fallo, ya que no hay dudas que los glaciares deben ser protegidos. Este resultado responde, sin dudas, al reclamo que todas las asambleas del país y las organizaciones civiles han llevado adelante. El pedido de Barrick para que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional ha sido una jugada perversa que afortunadamente perdió. Ahora, resta que se haga efectivo el cumplimiento de la ley y que cierre Veladero. No podemos permitir más minería sobre los glaciares de los argentinos”, sostuvo Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace.
El fallo pone un freno a los 44 proyectos mineros cercanos o sobre cuerpos de hielo que están evaluados, según consta en un documento de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
Strano agregó: “El gobierno nacional y las provincias deben comprender que no se puede permitir exploraciones y explotaciones mineras en cualquier lado. La ley es muy clara al respecto. Si en la zona hay glaciares o si se pone en peligro el ambiente periglacial, allí no se puede avanzar. El acceso de los ciudadanos a fuentes de agua dulce depende de ello, ya que el 80% de dichas reservas se encuentran en los glaciares. Por eso, es muy importante garantizar su protección”.
Por su parte, Enrique Viale, representante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, manifestó: “El fallo es contundente y señala que la responsabilidad en la protección de glaciares es compartida entre Nación y las provincias; y reafirma que los derechos individuales como el de propiedad ceden ante derechos colectivos como el derecho al agua”.
A su vez, Viale agregó: “Barrick evidencia un histórico desprecio por la legislación ambiental de nuestro país. Siempre supo que su emprendimiento minero Veladero y el proyecto Pascua Lama violan la Ley de Glaciares, por eso la cuestionó judicialmente. Ahora no hay más excusas, desde hace años que venimos pidiendo la aplicación efectiva de la Ley de Glaciares, especialmente en las zonas donde están en peligro.”
Pia Marchegiani, directora de Política Ambiental de Farn, sostuvo: “Una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales”.