Milei le otorgó el control de los fondos fiduciarios a Caputo
El titular del Palacio de Hacienda deberá realizar en los próximos 60 días una auditoría integral de todos los fondos, instancia en la que -según argumentaron oficialmente- comenzará un camino de control y fiscalización sobre la asignación de recursos.
- Conclusión en Buenos Aires
- Mar 4, 2024
El presidente, Javier Milei, le delegó al ministro de Economía, Luis Caputo, el control de los fondos fiduciarios y le encomendó realizar una auditoría integral de gestión de los recursos, a través del Decreto 215/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
El documento oficial designó al Ministerio de Economía “como fiduciante en representación del Estado Nacional, en todos los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios”.
Asimismo, estableció que en los casos en los que el Congreso de la Nación “haya designado como fiduciante a un organismo o repartición específica diferente del Ministerio de Economía, o a un comité de integración plural, con carácter previo al dictado de cualquier instrucción al fiduciario deberá emitir opinión el citado Ministerio”.
Al mismo tiempo, el Ejecutivo le encargó una revisión de todos los fondos a la cartera económica, al determinar que “con la asistencia de la Sindicatura General de la Nación, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Presidencia de la Nación, o mediante la contratación de consultores independientes externos de reconocida trayectoria y experiencia, en los términos de la legislación vigente, deberá realizar, dentro del plazo de 60 días a contar desde la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, una auditoría integral de gestión de los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional”.
Con respecto al tiempo de ejecución de la auditoría fijado en dos meses, el Decreto firmado por Millei, Caputo y el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, precisó que “el Ministerio de Economía podrá prorrogar este plazo por otro similar y por única vez”.
En el Decreto se dispuso que el Palacio de Hacienda estará a cargo de realizar cuando corresponda, “las adecuaciones contractuales que resulten necesarias con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto”, siendo “la autoridad de aplicación del presente decreto y dictará las normas aclaratorias y complementarias que fueran necesarias para su ejecución”.
Además, se especificó que “los organismos y reparticiones con responsabilidad primaria en las materias involucradas en cada uno de los fondos fiduciarios objeto de la presente medida deben prestar colaboración y asistencia al Ministerio de Economía, a los fines del mejor cumplimiento de las disposiciones y fines del presente decreto”.
Al argumentar la decisión, el Gobierno puntualizó en los considerandos sobre “la eficiencia y la eficacia en la utilización de los recursos públicos” e hizo mención al informe de Entrega y Recepción elaborado por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) sobre los fondos fiduciarios.
En dicho trabajo se denunció que “se ha observado la inexistencia o desactualización de los procedimientos administrativos que definen la operatoria de funcionamiento de cada fondo fiduciario; las políticas generales a ser abordadas; los mecanismos para la formalización de expedientes y documentación de respaldo de las decisiones; las responsabilidades sobre el seguimiento y control de beneficiarios; los sistemas de información sobre el estado de ejecución y avance de obras, entre otros”.
Además, el texto oficial expresó que “del mismo Informe surge la ausencia o falta de integridad y sistematización de la documentación de respaldo de los procesos de otorgamiento de fondos, lo que dificulta garantizar la transparencia y trazabilidad de las actuaciones y, por lo tanto, las tareas de control y fiscalización sobre la asignación de recursos”.
En esa línea, indicó que “se ha verificado la inacción y/o demora en las actividades de recupero y gestión de morosidad o incobrabilidad ante incumplimientos de los beneficiarios, así como debilidades en el proceso de compras y contrataciones, falta de seguimiento y demoras no justificadas”.