¿Qué pasará con el programa Compre sin Iva a partir de este fin de semana?
El decreto estipulaba que el programa, que contemplaba la devolución del impuesto sobre las compras de productos de la canasta básica, con un tope de $18.800 mensuales, continuara hasta el 31 de diciembre de 2023. En octubre, la Cámara de Diputados le dio media sanción a una proyecto que buscaba convertirlo en ley, pero nunca llegó a ser tratado por la Cámara Alta.
- Economía
- Dic 27, 2023
El programa Compre sin Iva fue lanzado por el ex ministro de Economía del gobierno Alberto Fernández, Sergio Massa, el pasado mes de septiembre, con el objetivo de paliar los efectos inflacionarios e incentivar el consumo. El mismo consiste en la devolución del impuesto sobre las compras de artículos de la canasta básica, con un tope mensual de 18.800 pesos. Sin embargo, el programa tenía fecha de caducidad, el 31 de diciembre de 2023, es decir, el próximo domingo. ¿Qué pasará después?
Tras la publicación del decreto y la puesta en marcha del programa, se presentó un proyecto en el Congreso para convertirlo en ley. El mismo obtuvo la media sanción en la Cámara de Diputados a principios de octubre. Con esa instancia aprobada, la iniciativa debía ser girada a la Cámara de Senadores para su revisión y aprobación, instancia que, hasta ahora no se ha concretado.
Por el momento, el futuro del programa sigue siendo incierto. Tras su triunfo en el balotaje del 19 de noviembre, Javier Milei declaró públicamente su intención de darle continuidad a una política que benefició a unos 20 millones de personas. Sin embargo, hasta el momento, el proyecto sigue en stand by y no se anunció ninguna prórroga por lo cual, este fin de semana, el Compre sin IVA llega a su fin.
¿Quiénes accedieron al programa?
El decreto que puso en marcha el programa se publicó el 18 de septiembre y estipulaba el reintegro del 21% de las compras de productos de consumo masivo realizadas con tarjeta de débito y billeteras virtuales en comercios minoristas o mayoristas, con un tope mensual de $18.800. El beneficio alcanzó a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, jubilados y pensionados que percibieran hasta seis salarios mínimos vitales y móviles. También a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar y Potenciar Trabajo y, más tarde, también se extendió a trabajadores informales.
¿Qué productos tienen el reintegro?
La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para un adulto incluye:
- Pan.
- Galletitas de agua.
- Galletitas dulces.
- Arroz.
- Harina de trigo.
- Otras harinas (maíz).
- Fideos.
- Papa.
- Batata.
- Azúcar.
- Dulces: incluye dulce de batata, mermelada, dulce de leche.
- Legumbres secas: lentejas y arvejas.
- Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado.
- Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera.
- Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado.
- Fiambres.
- Huevos.
- Leche.
- Queso: queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar.
- Yogur.
- Manteca.
- Aceite.
- Bebidas no alcohólicas.
- Bebidas alcohólicas.
- Sal fina.
- Condimentos.
- Vinagre.
- Café.
- Yerba.