MARTES, 26 DE NOV

Ya se puede gestionar la devolución del 35% por compra de dólares ante la Afip

Corresponde tanto para los empleados en relación de dependencia como para los jubilados. También refiere a los pagos con tarjetas de crédito en moneda extranjera y servicios turísticos al exterior.

Los empleados en relación de dependencia y los jubilados ya pueden solicitar ante la Afip la devolución del 35% de retención por compra de dólar ahorro, pagos con tarjetas de crédito en moneda extranjera y servicios turísticos en el exterior.

Para tal fin, el organismo habilitó una opción dentro de su página -en la pestaña «Siradig Trabajador»- a través de la cual se pueden deducir esos gastos.

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Así, los interesados deben enviar la información correspondiente a su empleador al momento de completar el formulario 572 -utilizado para las deducciones de este gravamen- para que luego la Afip la evalúe.

El contribuyente tiene que ir a la sección «Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta», después «Pago a Cuenta – Resolución General (Afip) 4815/2020» y ahí seleccionar los montos percibidos oportunamente.

Aquellas operaciones que se hayan realizado en 2021, se podrán computar en la liquidación anual o final, detalló la Afip.

Por otra parte, las personas que no tributen Ganancias ni Bienes Personales, deberán tramitar el reintegro de la siguiente manera: los sujetos deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una «Clave Fiscal».

También, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.

En este caso, los pasos a seguir son:

  • Ingresar con «Clave Fiscal» al servicio «Mis Aplicaciones Web».
  • Seleccionar la opción «Nuevo» que se encuentra en el margen superior izquierdo; se abrirá una nueva pantalla donde se tiene que seleccionar nombre y los siguientes campos: Organismo: AFIP; Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias y Período Fiscal.
  • El sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en «Mis Retenciones» para ese período: se debe tildar cuáles son las que se quiere tramitar en devolución.

La Afip aclaró que si el contribuyente detecta que tuvo percepciones no informadas, el sistema permitirá incorporarlas manualmente, a partir del mes subsiguiente a la fecha en que fueron practicadas.

En este caso, se podrán ingresar seleccionando «Agregar Percepción», informando Origen, Tarjeta, Fecha de Pago del resumen y/o liquidación/ Fecha de débito y Monto de la percepción.

Por último, para realizar el seguimiento de la solicitud de devolución, hay que ingresar con «Clave Fiscal» al Servicio «Mis Aplicaciones Web».

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