El Gobierno extiende el Distanciamiento Social con foco en clases presenciales
El reinicio de las clases presenciales se realizará de acuerdo con parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación. El decreto se publicó este sábado.
- Covid-19
- Ene 29, 2021
El Gobierno nacional oficializó este fin de semana la extensión del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (Dispo) por el Covid-19, entre los días primero y 28 de febrero próximos, en el que se contempla que se debe «priorizar» la reanudación de las clases presenciales.
El reinicio de las clases presenciales se realizará de acuerdo con parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación.
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Si bien se establece que cada jurisdicción puede suspender la medida por la situación epidemiológica, se señala que en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales».
Para facilitar las clases presenciales, se deja establecido que «docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros», para lo que «deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación».
Se mantienen las medidas de Distanciamiento Social de dos metros, el uso de tapabocas y la higiene, mientras que se debe seguir con los protocoles aprobados para cada actividad.
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Para los espacios cerrados se permite hasta un 50 por ciento de su capacidad, en tanto en cuanto a los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la ocupación será de hasta un 30 por ciento. Eventos deportivos y artísticos en espacios cerrados sólo podrán tener una asistencia de diez personas.
En tanto, continúan prohibidas y deben ser expresamente autorizadas, los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de VEINTE (20) personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre, y los eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas.
Además, no se permite la práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros.
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También continuarán cerrados los cines, teatros, clubes y centros culturales.
El Servicio público de transporte urbano de pasajeros en AMBA sigue solo habilitado para las personas afectadas a los servicios públicos esenciales y para quienes se encuentren expresamente habilitados para su uso, debiendo tramitarse el «Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19» cuando corresponda.