Extienden cobro del seguro de capacitación y empleo
Los trabajadores que perciben ese beneficio lo seguirán haciendo durante los tres primeros meses posteriores al reinicio de relaciones laborales, aún cuando la empresa empleadora no se haya inscripto en el Programa de Inserción Laboral.
- Política
- Abr 17, 2015
El Ministerio de Trabajo dispuso que los trabajadores que perciben el Seguro de Capacitación y Empleo, podrán seguir cobrando ese beneficio durante los tres meses posteriores al reinicio de relaciones laborales.
Así quedó establecido a partir de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
En esa medida, Trabajo aclaró que el beneficio podrá ser otorgado aún cuando la empresa empleadora no se haya inscripto en el Programa de Inserción Laboral.
Además, la cartera que conduce Carlos Tomada autorizó que quienes adhirieron al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo que obtengan un empleo, continuarán cobrando por tres meses durante las prestaciones vigentes.
Este programa, vigente desde 2006, contempla incentivos económicos a las empresas que decidan incrementar su dotación de personal: 2.500 pesos mensuales por cada nuevo empleado para microemprendimientos; 2 mil para pequeñas empresas; 1.800 para medianas y 1.500 para grandes empresas.
Trabajo justificó su decisión por «la alta rotación de estos colectivos de trabajadores y trabajadoras en su situación de empleo y desempleo, y en situación de formalidad e informalidad».
Asimismo, señaló que as dificultades de acceso al empleo decente por parte de jóvenes y adultos mayores de 40 años, amerita «políticas de acción afirmativa durante los primeros meses de la relación laboral, con el fin de condiciones más favorables para su formalización y registro».
El 26 de marzo pasado, se amplió este beneficio pero para aquellos desempleados con problemas de salud.
El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, firmó la resolución N 171/2015 extiende el beneficio a personas en situación de desempleo con dificultades para insertarse laboralmente por padecer problemas de salud o de discriminación vinculadas con tales afecciones.
La resolución fue direccionada para personas en situación de desempleo con dificultades para insertarse laboralmente por padecer problemas de salud o de discriminación vinculadas con tales afecciones, relevadas por organismos públicos u organizaciones no gubernamentales que suscriban convenios con el MTEySS.
La inclusión en el SCyE les brindó mejores oportunidades para desarrollar su proyecto formativo y ocupacional y les permitió acceder a herramientas de apoyo para su inserción en empleos bajo relación de dependencia o para emprender una actividad laboral independiente.
El SCyE es un esquema integrado de prestaciones por desempleo, no contributivas, para apoyar a diferentes públicos en la búsqueda activa de un empleo, a través de la actualización de sus competencias laborales para su inserción en empleos de calidad. Esto implica una asignación monetaria mensual no remunerativa acompañada por diferentes acciones (prestaciones) que debe realizar el participante.
Las prestaciones pueden ser la finalización de estudios primarios y/o secundarios, actividades de formación profesional y capacitación laboral; así como participar de los servicios brindados por la Oficina de Empleo que abarcan orientación laboral; apoyo a la búsqueda de empleo y orientación al trabajo independiente.
También pueden ser la profesionalización del trabajo doméstico, el entrenamiento para el trabajo y el apoyo a la inserción laboral.
Cabe recordar que el Seguro de Capacitación y Empleo (ScyE) es un esquema integrado de prestaciones por desempleo no contributivo para apoyar personas en la búsqueda activa de un empleo, a través de la actualización de sus competencias laborales y de su inserción en empleos de calidad.