¿Hubo complicidad de la Justicia para saquear al FGS y dañar a los jubilados?
El tema es grave, y pone en tela de juicio el accionar de uno de los poderes del Estado, si se hubiera hecho lugar al amparo presentado por Fernández Pastor, Blaquier no hubiera sido procesado, por Sebastián Casanello, y los beneficiarios de la seguridad social no hubieran perdido millones de dólares.
- Conclusión en Buenos Aires
- Oct 19, 2019
Si los Dres. Strasser, Fantini y la Sala III de la CFSS hubiesen hecho lugar a las medidas cautelares y al amparo que presenté contra la Reparación Histórica, no se podría haber saqueado do FGS de la ANSES y Blaquier no estaría procesado. Fueron cómplices.
— Miguel Fernandez Pastor (@FernanadezPa) October 18, 2019
Por Aldo Battisacco – Enviado especial a Buenos Aires -Este viernes, Luos María Blaquier fue procesado por el juez Sebastián Casanello, por la presunta comisión del delito de negociaciones incompatibles con la función pública, es decir, haber vendido en 2016 las acciones de Arcor S.A y Cablevisión SA, firmas a las que había estado vinculado hasta diciembre de 2015.
Cabe recordar que el 29 de junio de 2016 fue sancionada la Ley N° 27.260 que crea el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, con el objeto de implementar acuerdos transaccionales que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales con respecto a aquellos beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos en la misma.
Al día siguiente del dictado de la ley, el doctor Miguel Ángel Fernández Pastor, presentó un amparo con una medida cautelar, que pedía la inconstitucionalidad de algunos artículos de la LEY de Reparación Histórica.
Entre ellos, que no se pudiera echar mano al Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Sin embargo, respecto de la presentación el doctor Juan Fantini, otorgó la medida cautelar, que fue apelada y el magistrado resultó recusado por la Anses.
Así las cosas, el amparo cayó en manos de Fernando Strasser (previo rechazo del expediente de la jueza del juzgado 7, siguiente en turno), subrogante entonces del juzgado Federal de la Seguridad Social N 2, quien sin evaluar ningún hecho ni prueba, rechazó el Amparo por una cuestión de forma.
¿Justicia cómplice?
A todo esto la sala tercera de la Seguridad Social, que intervino tanto en las apelaciones de la medida cautelar como en la recusación del juez del juzgado 6, revocó la medida cautelar, rechazo la recusación y confirmó la arbitrariedad perpetrada por Strasser en un absurdo jurídico, en el cual sostiene que el juez natural de la causa es el juez del juzgado 6 y ratificó una sentencia dictada por quien no debía entender en la misma. No obstante, lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, recibió los expedientes y aún no dictó sentencia sobre ellos.
A pesar de que la Constitución Nacional (art.43) establece que los amparos, deben tratarse en forma expedita y rápida, el alto tribunal de la Nación ha dispuesto tomarse un tiempo para «proteger» los fondos de la seguridad social, Ante esta inexplicable mora, el doctor Fernández Pastor presentó una medida cautelar autónoma, solicitando que se le ordene a la Anses, la imposibilidad de la utilización de los fondos hasta tanto se resolviera el amparo. Hoy en manos de la Corte.
Fernández Pastor, presentó una medida cautelar, esta vez, tendiente a inmovilizar los fondos sin solicitar la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de Reparación Histórica, tal cual lo demandó en la medida cautelar anterior. Sin embargo, Fantini rechazó la nueva cautelar, por entender que se trataba de una presentación igual a la que ya había otorgado y su superior revocó.
El expediente fue apelado por letrado, y el fiscal Juan Carlos Paulucci dictaminó que se trataba de medidas cautelares distintas y que por lo tanto el juez debía expedirse sobre la cuestión, para garantizar la doble instancia.
Los tres magistrados de la Sala Tercera adhieren al dictamen del fiscal, y ante esto el doctor Juan Fantini decidió rechazar la medida cautelar sosteniendo que la Sala ya se había expedido y que el no podía hacerlo, hasta que la Sala no cambiara su criterio. Insólitamente, el fiscal Juan Carlos Paulucci, dictaminó que la sentencia de Fantini es correcta y los tres jueces de la sala adhieren al dictamen del fiscal.
He aquí una muestra de las accionar errático de la Justicia que facilitó que se vendan las acciones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, por las que que tienen procesados a Luis María Blaquier, y denunciados en el mismo expediente a Toto Caputo y a Emilio Basavilbaso, actual director ejecutivo de Anses.
Esto explicaría la necesidad imperiosa de los empresarios que en el Coloquio de IDea exigieran que Basavilbaso continúe al frente de Anses.
Por los expuesto, quedó palmariamente demostrada aquella afirmación de Miguel Ángel Fernández Pastor, que «la ley de reparación histórica «fue una patente de corso» para saquear a los jubilados». Ya que a octubre de 2018, «el Fondo de Sustentabilidad había perdido en tres años 42 mil millones de dólares.