La obsesión no puede justificar la violación de la ley
El juez del Juzgado de la Seguridad Social, Edmundo Ezequiel Pérez Nami, revocó el 11 de marzo su propia resolución y apartó a dos legisladores de Juntos por el Cambio de la causa que investiga la doble pensión que recibe la vicepresidenta Cristina Kirchner.
- Conclusión en Buenos Aires
- May 1, 2021
Este medio accedió al expediente en el cual el juez Ezequiel Pérez Nami concedió en diciembre pasado las dos asignaciones mensuales vitalicias a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y en el cual un grupo de diputados nacionales de Cambiemos se presentaron como terceros voluntarios, apelando la sentencia dictada por el magistrado y que fuera rechazada por el mismo por entender que no reunía los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En razón de ello, los legisladores –entre quienes se encuentra la diputada nacional Jimena de la Torre- apelaron la resolución por ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, que les fue concedido, pero llama la atención que el miércoles pasado cuando el juez de primera instancia elevó las actuaciones a la Sala tercera lo hizo con un escrito en el cual la diputada nacional por Mendoza, solicitó que se la reconociera como Amicus Curiae en su calidad de presidente de la Asociación Bases.
Todo esto, cuando se encontraba pendiente la resolución de su apelación para ser reconocida como tercera voluntaria en un proceso cuya sentencia, según el dictamen del fiscal de primera instancia al que remite la resolución del juez, no la afecta y donde pretende impugnar un acto administrativo de alcance particular que no fue motivo de debate en el proceso, con esta nueva presentación pretendería obtener doble legitimación para opinar cuando aún falta que se resuelva su primera petición.
Llama la atención la insistencia y la inquietud de los diputados nacionales de Cambiemos en insistir con este tipo de escaramuzas judiciales, atento que en el grupo hay abogados que no desconocen la inviabilidad de estos actos procesales que violan el debido proceso.
Quedará en manos de los doctores Néstor Fasciolo, Sebastián Russo y Fernando Strasser, que las sentencias de la sala Tercera estén de acuerdo a lo que establece el Código Procesal, la Constitución Nacional y los tratados Internacionales incorporados a ella o a los designios de los medios que impulsan el desconocimiento de la legislación vigente a los fines de reincidir en actos persecutorios.
Casualmente días pasados, respecto del tema, el abogado de la expresidenta, Facundo Fernández Pastor le contesto al ex vocal de la Sala Segunda de la Cámara Federal del Seguridad Social, que emitió una opinión en el diario Clarín a través de su cuanta de Twiter.
1) Hoy @luisreneherrer2, quien formó parte de la vieja Cámara Nacional de la Seguridad Social, y con quien nos conocemos, miente. Como ya lo hizo en otras publicaciones de @clarincom. (abro hilo) pic.twitter.com/RtmLL4zVSB
— Facundo Fernández Pastor (@facufp) April 24, 2021