MIéRCOLES, 23 DE OCT

Se eliminó el registro de abogados de la Anses para gestionar jubilaciones: ¿cómo impacta en los interesados?

Para realizar trámites en Anses, como jubilaciones, pensiones y moratorias, muchas veces los beneficiarios recurrían a la ayuda de abogados o procuradores, quienes debían estar anotados en un registro. Sin embargo, el Gobierno Nacional eliminó esta nómina con el fin de que las personas puedan elegir libremente a su representante legal.

 

El gobierno de Javier Milei eliminó el Registro de Abogados y Gestores Administrativos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Según explicaron especialistas en la materia, la gestión legal de trámites previsionales seguirá siendo ejercida por abogados o procuradores, pero ahora las personas podrán elegir libremente a los profesionales.

En diálogo con Conclusión, una abogada previsional explicó que, hasta este lunes, los profesionales debían anotarse en un registro para poder realizar trámites en la Anses, como jubilaciones, pensiones y moratorias. Esta inscripción era gratuita, tenía una duración de dos años y requería la presentación de expedientes avalados por los Colegios de Abogados.

El sector, sin embargo, ve con buenos ojos que este registro se haya eliminado, ya que las personas que deban realizar algún trámite en Anses podrán elegir libremente cuál será el profesional que los represente, mientras que los abogados o procuradores ya no tendrán que tramitar los expedientes para inscribirse.

Paralelamente, el sistema está regulado por la Ley Nº 17.040, que establece que sólo los abogados y procuradores con matrícula activa pueden gestionar estos trámites, además de los propios beneficiarios o sus familiares directos, diplomáticos y tutores. No obstante, a veces las operaciones son tan específicas o complejas que se necesita de profesionales con conocimientos legales para realizarlos y darle las mayores protecciones a los beneficiarios.

Si bien el registro sí se eliminó, esta ley continúa vigente, de forma que los trámites previsionales sólo podrán ser gestionados por abogados y procuradores. El único cambio para los ciudadanos, según explicó la letrada a este medio, es que ahora podrán ser representados por cualquier profesional del derecho, que no deberá cumplir con la condición de estar anotado en el registro.

En cuanto a los haberes que cobran los abogados y procuradores, la ley prevé que no deberán exceder el importe de “dos meses de la prestación acordada a su representante o patrocinado”.

Desde el Colegio de Abogados de Rosario, en tanto, precisaron que la reciente resolución no derogó la Ley 17.040, que en su primer artículo determina que “la representación ante los organismos nacionales de previsión de los afiliados o sus derechohabientes, sólo podrá ejercerse por abogados y procuradores de la matrícula”.

Artículo 1º de la Ley Nº 17.040.

“Los titulares tienen la libertad y el derecho de contratar abogados de confianza para ser representados y asesorados en sus trámites en Anses. La eliminación del Registro de Abogados y Gestores Administrativos no implica, bajo ningún aspecto, que la representación ante los organismos nacionales de previsión no deba seguir efectuándose a través de un abogado”, agregaron.

¿Qué dice la medida del Gobierno? 

La Resolución 982/2024, publicada el pasado lunes en el Boletín Oficial y firmada por el titular de Anses, Mariano de los Heros, recordó que la Ley 17.040 determina quiénes pueden ser gestores administrativos en Anses, representando a los afiliados en la ejecución de diferentes trámites. Sin embargo, aclaró que en el 2014 se creó, a través de la Resolución Nº 479/2014, un Registro de Abogados y Gestores Administrativos, dentro del cual tenían que estar anotados los profesionales que deseaban intervenir en la gestión de diferentes prestaciones.

A entender del gobierno de Milei, este decreto “se inscribe en la burocracia y cúmulo de trámites innecesarios que suelen generar un impacto negativo en la seguridad jurídica, la eficacia normativa y el funcionamiento administrativo, vulnerando además la actividad directa y libre de los beneficiarios”.

“Ni la actividad profesional de las personas que pueden ejercer la representación ante Anses ni la voluntad de los beneficiarios debería ser restringida mediante disposiciones como la Resolución Nº 479/2014, que a todas luces genera una limitación cuestionable en la decisión de elección de sus representantes mediante un registro que atenta contra la simplificación de los trámites administrativos”, añadió el documento.

Por estos motivos, se decidió derogar la Resolución Nº 479/2014 y, de esta forma, quedó eliminado el Registro de Abogados y Gestores Administrativos de la Anses.

Últimas Noticias