VIERNES, 29 DE NOV

Diputados amplía «la figura del arrepentido» para que incluya «casos de corrupción»

El próximo miércoles, buscarán aprobar los cambios que realizó el Senado al proyecto. Entre los cambios, se encuentra el artículo que establece que el plazo límite para ejercer el derecho a arrepentirse sea la elevación a juicio oral de la causa.

La Cámara de Diputados buscará aprobar el miércoles los cambios que realizó el Senado al proyecto que amplía la figura del arrepentido en el Código Penal, que ya existía para los delitos de privación ilegítima de la libertad, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico, para que abarque también casos de corrupción, delitos contra el Código Aduanero y asociación ilícita.

De esta manera, el proyecto quedaría convertido en ley en una maratónica sesión,donde se debatirá además la iniciativa de reforma electoral impulsada por el Poder Ejecutivo.

El proyecto recibió dictamen el jueves pasado en las comisiones de Legislación Penal, que preside la radical jujeña, Gabriela Burgos, y de Seguridad Interior, a cargo de Luis Petri (UCR-Mendoza), donde se avalaron los cambios que introdujo el Senado al texto, que había sido aprobado en Diputados semanas atrás.

El proyecto busca reducir las penas a toda persona imputada que brinde información comprobable sobre casos de corrupción.

De acuerdo al texto, en ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión y sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados, con una pena igual o mayor a la suya.

En tanto, si el arrepentido tuviera una pena de reclusión perpetua, la reducción no podrá ser mayor a 15 años.

También establece que el acuerdo de colaboración se celebrará exclusivamente entre el fiscal y las personas que brinden información, y no aplicará para los casos que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Entre las modificaciones que introdujo el Senado, se encuentra el artículo que establece que el plazo límite para ejercer el derecho a arrepentirse sea la elevación a juicio oral de la causa.

Otro de los artículos que se agregó establece que el arrepentido puede acogerse a ese beneficio en un proceso penal del que es parte, y señalando a personas con su misma responsabilidad o mayor. Sólo podrá referirse a situaciones de las que estuvo involucrado y nunca a declaraciones de terceros.

Si bien la figura del «arrepentido» ya estaba prevista en casos como el narcotráfico, el proyecto incluye también la asociación ilícita, la corrupción y delitos contra el Código Aduanero.

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