La Cámara de Casación confirmó la condena de prisión para Hugo Tognoli
Fue ratificada la pena de seis años y medio de prisión para el ex jefe de la Policía santafesina, en la investigación judicial que se le siguió por el encubrimiento de Daniel Mendoza.
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- Jun 27, 2018
La Cámara de Casación Penal confirmó, este miércoles, la condena de seis años y medio de prisión para el ex jefe de la policía de Santa Fe, Hugo Tognoli en la causa que se le seguía por el supuesto encubrimiento a un narcotraficante y por coacciones a Norma Castaño, quien formaba parte de la ONG Madres Solidarias y había denunciado la supuesta complicidad de Tognoli con los narcos.
Los jueces Eduardo Riggi, Ana María Figueroa y Liliana Cartucci, integrantes de la Sala Primera de la Cámara de Casación Penal, rechazaron los recursos interpuestos por las defensas y mantuvieron en firme la condena para Hugo Tognoli, ex jefe de la entonces división Drogas Peligrosas y ex jefe de la policía de Santa Fe por el encubrimiento a Daniel «Tuerto» Mendoza.
Considerando que Tognoli cumplió prisión preventiva por más de cinco años en el marco de la causa en la que se lo investigó por encubrimiento en la ciudad de Rosario, causa en la que fue sobreseído a principios de junio, resta confirmar si deberá volver a la cárcel o si se considerará cumplida la condena.
En declaraciones a Aire de Santa Fe, Néstor Oroño, defensor del ex jefe de policía manifestó que “el fallo peca de arbitrariedad”. “Los indicios (contra Tognoli) son sumamente débiles y no indican alguna prueba de culpabilidad”, expresó.
Además, el letrado adelantó que interpondrá un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero, aclaró, que «por cuestiones técnicas legales, no es probable que Tognoli regrese a la cárcel. «En primer lugar, porque el fallo de Casación todavía no está firme, y en segundo lugar, en le hipotético caso de que la Corte Suprema dejase firme la sentencia, la cuestión se reduce al cómputo que deberá hacerse respecto al tiempo en el que Tognoli estuvo en prisión preventiva”. Según el código procesal penal, “siempre se deben unificar las sentencias de distintos tribunales, aún de distinta jurisdicción, sobre un mismo imputado”.