LUNES, 25 DE NOV

Para Lozano, el blanqueo es un «punto final e indulto para las causa penales» contra evasores

El economista dijo que es "una evidencia mayúscula de que el objetivo central del denominado sinceramiento no es otro que el punto final e indulto para las causas penales en trámite y el olvido para las que no se iniciaron".

El dirigente de Unidad Popular Claudio Lozano advirtió que el objetivo del blanque de capitales es el «punto final e indulto para la causas penales» contra evasores.

Para Lozano, «es por lo menos curioso que mientras el mundo avanza en acuerdos de cooperación tributaria y financiera, para cercar el dinero negro, aquí el gobierno se apure a lanzar un blanqueo o perdón a los evasores».

«Cuando podríamos tener más herramientas para recuperar buena parte de los recursos fiscales perdidos, e identificar mejor la capacidad económica de los sujetos más importantes, renunciamos a ello y los perdonamos», dijo.

Agregó que «es más, el blanqueo en curso incorpora singularidades relevantes. La más importante: pueden declarar y mantener los activos en el exterior».

Por otra parte, a través de un informe que lleva como tìtulo «Sinceramiento fiscal o Punto Final», Lozano, coordinador del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicasm junto con Alejandro López Mieres criticó «el establecimiento de que el Estado renunciara (vía AFIP y Banco Central) a toda denuncia de violación de la Ley Penal Tributaria, el Régimen Penal Tributario y la Ley Penal Cambiaria».

«Mientras tanto, los datos del primer semestre indican que la fuga de capitales continúa. Duplicó la correspondiente al primer semestre del año pasado», añadió Lozano

En el estudio los especialistas aclararon que «el argumento oficial sobre la oportunidad de estas medidas resulta paradójico: un marco internacional que se cierra sobre el fraude fiscal».

Explicaron que a partir de enero de 2017, la Argentina intercambiará información fiscal y tributaria con 55 países, y con otros 46 a partir de enero de 2018.

«Lo cierto es que la ley 27260, su Decreto Reglamentario 895/2016 y la Resolución General 3919 de la AFIP dan cuerpo a este singular blanqueo, en el cual personas físicas y sociedades pueden
declarar activos –pesos o moneda dura, inmuebles, muebles, títulos, etc. no declarados al 22 de julio de 2016 en el caso de las personas físicas y del 31 de diciembre de 2015 (o a la fecha de cierre de balance) en el caso de las sociedades», resaltaron.

Además señalaron que se minimizan «los costos del blanqueo para los evasores» y se «facilita la fragmentación de capital con ese objetivo».

Aclararon que «la misma inconsistencia de la Ley» permite a los dueños de las principales empresas del país volver a apropiarse del capital social acumulado de los trabajadores».

Consideraron que el objetivo central de la «declaración voluntaria y excepcional» ha sido decretar un «punto final y un indulto para las causas penales en trámite y el olvido para las que no se iniciaron, consagrando la impunidad de empresas y particulares que hoy pueden estar en situación privilegiada gracias a la estafa consumada contra la sociedad».

«El indulto de hoy convalida no sólo los delitos del pasado, sino su beneficio y posición actual», manifestaron.

Últimas Noticias