Procesaron a «Monchi» Cantero por el homicidio de Lourdes Cantero
Este mañana, la jueza Alejandra Rodenas procesó a Ramón Machuca por el crimen de la adolescente de 14 años, ocurrido en mayo de 2013, y ordenó un embargo de 10 millones de pesos.
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- Oct 31, 2016
Este lunes en audiencia en los Tribunales Provinciales, la jueza Alejandra Rodenas procesó a Ramón Ezequiel Machuca, alias «Monchi» Cantero por el homicidio de Lourdes Cantero, ocurrido en mayo de 2013, en un ataque a un supuesto búnker de drogas que habría sido ordenado por el imputado.
El hecho ocurrió el 14 de mayo de 2013. Alrededor de las 22, un grupo atacó a balazos la vivienda de de Conscripto Bernardi 6374.Una de las balas atravesó una ventana e impactó en el pecho de Lourdes Nerina Cantero, que murió camino al hospital.
Atenta al detalle de las conversaciones que implican a Machuca en el crimen, la magistrada deja asentado en el fallo que, en su opinión, el imputado tenía conocimiento de que la propiedad atacada no era un búnker sino una vivienda. En una de las grabaciones citadas, realizadas a las 21.39 del día 14 de mayo de ese año, Machuca hace mención a un pago y pregunta «¿podremos hacer eso hoy? a lo que el tal «Gabi» responde: “No, no, no, pero le vamos a dar… a lo otro, a lo que está ahí solo. ¿Qué decís vos?”. “Está bien, dale a mansalva”, es la respuesta de «Monchi», uqien además remarca: “listo, escuchá, venite a lo del Hernán y pasate a buscar la plata”
Una grabación de una llamada posterior da cuenta de la confirmación del acuerdo. La misma, realizada a las 21:44 horas, es de Hernán, quien llama a a Machuca y le pregunta: “¿Cuánto le doy a Gabi?”
A las 22:00 horas aproximadas de esa misma jornada, es decir, minutos después de dichos intercambios, múltiples disparos impactaron contra el frente de la vivienda ubicada en Conscripto Bernardi 6374, algunos ingresaron al interior y uno de ellos le quitó la vida a la menor Lourdes Nerina Cantero.
Por ese episodio, y atenta a las pruebas presentadas, la jueza Rodenas entendió, según consta en el fallo, que «el conocimiento -incluso directo- que el imputado tenía sobre el lugar (que era una casa de familia, no un ´bunker´), y la frase “dale a mansalva”, donde Ramón Ezequiel Machuca determina un accionar sin mesura o cuidado alguno, relevan de todo otro comentario».
La magistrada ordenó el procesamiento por por la presunta comisión del delito de Homicidio calificado por precio o por promesa remuneratoria agravado por el uso de arma de fuego y dictó el embargo sobre los bienes del nombrado por el monto de diez millones de pesos. Determinó además convertir en prisión preventiva su actual detención.